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Cómo enfrentar los cambios de la Operación Renta 2021

Se acerca el proceso de declaración de impuestos y este año se estrenan nuevos regímenes tributarios. ¿Quiénes tienen que rellenar el Formulario 22 y cuáles son los plazos? Te lo explicamos a continuación.

Por: Mateo Navas | Publicado: Jueves 18 de febrero de 2021 a las 15:41 hrs.
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Queda un poco más de un mes para que comience la Operación Renta 2021. En este proceso, todos los contribuyentes —empresas, sociedades y personas— deben declarar sus rentas o ingresos anuales para estar al día con las obligaciones tributarias que indica la ley.

En general, el proceso será similar a años anteriores, sin embargo, hay algunos cambios importantes como por ejemplo, la eliminación del sistema atribuido, que será reemplazado por nuevos regímenes creados especialmente para PYME. Por eso, antes de realizar cualquier movimiento, hay que informarse.

Rodrigo Benítez, experto en mercado tributario y socio de BLTA Consulting, dice que "hay que revisar toda la normativa, como el nuevo Formulario 22, las declaraciones juradas, y las modificaciones antiguas. Esto implica tener una contabilidad que respalde la declaración de impuestos, con todos sus registros al día".

¿Quiénes deben declarar?

Esta es la mayor duda y la respuesta varía si se trata de personas naturales o jurídicas.

Por un lado, si eres dueño o socio de una empresa, estás obligado a rellenar el documento. En el caso de las personas naturales, sólo estarán obligados a presentar el F22 los individuos que durante 2020 tuvieron un ingreso anual superior a los $7.833.186 (excepto los que recibieron ese monto por un empleador). También los que tuvieron más de un empleador y los que trabajaron a honorarios que quieran optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.

Las personas que participaron del segundo retiro voluntario del 10% y que tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($ 18.370.440), también deberán declarar renta.

Además, quienes no se encuentren en ese grupo y quieran declarar también pueden hacerlo. Esto sirve especialmente para aquellos que buscan acceder a un beneficio o crédito tributario, como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.

Los regímenes

La Operación Renta 2021 trae cambios importantes, ya que dejará de existir el sistema de renta atribuida. Esto significa que los contribuyentes van a tener que declarar bajo los siguientes regímenes: Propyme General, Propyme Transparente, Parcialmente Integrado o Renta Presunta.

Para esto es importante conocer el régimen de tributación de la empresa. "Esto lo pueden realizar a través de la página del SII y luego deben corroborar con su situación financiera (balances comerciales) y la estructura societaria de la empresa, comprobando si se encuentran en el régimen tributario óptimo en concordancia con sus características comerciales y societarias", señala Sebastián Muñoz, abogado jefe del Área de Insolvencia del Grupo Defensa.

El 81% de los contribuyentes se ubican dentro de los primeros dos regímenes (Propyme General y Propyme Transparente). El primero está enfocado en compañías que, según el SII, "determinan su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada". Tendrán que pagar 25% en impuestos pero entre 2020 y 2022 esa cifra se reduce a un 10%.

El régimen Propyme Transparente se enfoca en empresas cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales. El SII lo resume así: "En este caso la PMYE quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales en base al resultado tributario determinado por la empresa en el mismo año en que éste se genere".

El régimen parcialmente integrado —que es el nuevo régimen general— está destinado a las grandes empresas, las cuales tienen el mandato de llevar la contabilidad completa de sus flujos. Pagan el 27% en impuestos y "sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación parcial (65%) del crédito por Impuesto de Primera Categoría en los impuestos finales que les afecten".

Ojo con

A pesar de los nuevos regímenes, la recomendación —especialmente si eres dueño de una PYME— es explorar el sitio del SII para conocer todos los trámites y los beneficios.

Rodrigo Benítez afirma que "no es suficiente declarar o cumplir, sino que también hay que preocuparse de hacer una declaración inteligente. Esto significa aprovechar los beneficios fiscales, en especial los transitorios que se establecieron por la pandemia. Existen muchos beneficios, que en ocasiones no se utilizan por desconocimiento. El mayor problema es declarar sin analizar".

Algo similar asegura Sebastián Muñoz: "Deben revisar las 23 modificaciones y las seis nuevas declaraciones juradas que ha dispuesto el SII en su plataforma, las que contienen instrucciones, certificados y extractos de las resoluciones pertinentes para efectos de facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes".

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